miércoles, 9 de noviembre de 2022

Aspirante, Postulante, Novicio/a

Aspirante

Un/a aspirante es alguien que vive durante un tiempo con una comunidad para ver si se siente atraído/a por esa vida y cómodo/a con esa comunidad, además de para que la comunidad la evalúe también. Algunos lugares llaman a esta etapa “pre-postulantado”.

Postulante

Si bien los términos pueden cambiar, en las órdenes y congregaciones religiosas se atribuye un término a los diferentes pasos que da una persona que decide consagrarse a Dios.

El primer paso es el de postulante. Se trata de una persona que quiere consagrarse a Dios y que se ha mudado formalmente a la comunidad, es decir, participando en una ceremonía de presentación y bienvenida, y vive en ella, aunque continúa en una fase de “interrogación”, un periodo de intensa meditación para discernir su vocación.

Según la comunidad, el postulantado dura de seis meses a un año. Este hecho y el que el/la postulante lleve o no algún tipo de uniforme o respete un simple código de vestimenta depende de cada comunidad.

Novicio/a

Un/a novicio/a (del latín “novicius”, nuevo o reciente) es un/a postulante que ha sido recibido/a formalmente dentro de la comunidad. Podría decirse que es un/a principiante. El noviciado normalmente (pero no siempre) dura dos años y es el comienzo a un periodo de intensa formación y estudio, de una profunda experiencia de la oración que irá acompañada de una formación acorde al carisma y la misión del instituto religioso al que se pertenece.

Si la comunidad lleva hábito y adopta nombre de religión (algunas hacen las dos cosas, otras ninguna; y algunas comunidades lo dejan a elección personal de/la hermano/a o monje/a). Esto suele suceder (aunque no siempre) a la entrada en el noviciado, y la hermana asumiría el velo blanco.

Algunas comunidades permiten el cambio de nombre al empezar el noviciado, pero retrasan el hábito hasta profesar los primeros votos, o viceversa.

Puesto que el noviciado aún se considera parte de una fase de discernimiento en la vocación, el/la novicio/a es libre de abandonar la comunidad en cualquier momento (y también se le puede aconsejar que abandone la vida religiosa por considerar que no es apto/a).

Los primeros votos se realizan cuando el/la novicio/a ha completado el noviciado y ha solicitado la admisión formal a los votos. La dirección de la comunidad ha de discernir si el/la candidato/a muestra una vocación auténtica para su orden o congregación.

El/la novicio/a realiza unos votos “simples”, que son vinculantes por la ley canónica durante un periodo de tiempo específico; normalmente de tres a cinco años, a veces más. Se le/la considera ahora un/a miembro de “profesión temporal” en la comunidad y puede trabajar en un apostolado y firmar usando la abreviatura correspondiente a su comunidad religiosa.

La profesión temporal aún es un periodo de discernimiento, así que un/a religioso/a todavía puede solicitar la separación; pero como los votos son canónicos, requiere un proceso más formal.

Los votos finales (o perpetuos; en el monacato se denomina “profesión solemne” se realizan cuando el/la religioso/a profesa sus votos de por vida como miembro de la comunidad. En la mayoría de los casos, firma su declaración de votos en el altar y lo muestra ante los presentes. Se trata, por tanto, de votos canónicos, reconocidos oficialmente por la Iglesia.



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