Exodo 22,1-16
22:1 Si el ladrón, sorprendido al perforar la pared, es herido mortalmente, no habrá venganza de sangre.
22:2 Mas si esto sucede salido ya el sol, su sangre será vengada. Debe restituir; si no tiene con qué, será vendido para restituir por su robo.
22:3 Si lo robado, sea buey, asno u oveja, fuere hallado vivo en su poder, restituirá el doble.
22:4 Si un hombre causa daño en un campo o en una viña, dejando suelto su ganado de modo que pazca en campo ajeno, restituirá con lo mejor de su propio campo y lo mejor de su propia viña.
22:5 Si se declara un fuego, y se incrementa con zarzales de modo que se abrasen las hacinas, la mies, o el campo, el autor del incendio deberá resarcir el daño.
22:6 Cuando un hombre dé a otro dinero o utensilios en depósito para que se lo guarde, y son robados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, restituirá el doble.
22:7 Pero si no es hallado, el dueño de la casa se presentará ante Dios para declarar que no ha puesto su mano sobre los bienes de su prójimo.
22:8 En todo caso delictivo, ya se trate de buey, asno, oveja, ropa o de cualquier cosa desaparecida, de la que uno diga: "Es esto", la causa de ambos se llevará ante Dios; y aquel a quien Dios declare culpable, restituirá el doble a su prójimo.
22:9 Si un hombre entrega a otro un asno, buey, oveja, o cualquier otro animal para su custodia, y éstos mueren o sufren daño o son robados sin que nadie lo vea,
22:10 mediará entre los dos el juramento de Yahveh para atestiguar que el depositario no ha puesto su mano sobre la hacienda de su prójimo; el dueño tomará lo que quede y el otro no tendrá que restituir.
22:11 Pero si el animal le ha sido robado estando él cerca, restituirá a su dueño.
22:12 Si el animal ha sido despedazado, que traiga como testimonio los despojos y no tendrá que restituir.
22:13 Si un hombre pide a otro que le preste un ganado y éste sufre un daño o muere, en ausencia de su dueño, tendrá que restituir.
22:14 Si estaba presente su dueño, nada se restituirá. Si lo había alquilado, el dueño recibirá el precio del alquiler.
22:15 Si un hombre seduce a una virgen, no desposada, y se acuesta con ella, le pagará la dote, y la tomará por mujer.
22:16 Y si el padre de ella no quiere dársela, el seductor pagará el dinero de la dote de las vírgenes.
22:1 Si el ladrón, sorprendido al perforar la pared, es herido mortalmente, no habrá venganza de sangre.
22:2 Mas si esto sucede salido ya el sol, su sangre será vengada. Debe restituir; si no tiene con qué, será vendido para restituir por su robo.
22:3 Si lo robado, sea buey, asno u oveja, fuere hallado vivo en su poder, restituirá el doble.
22:4 Si un hombre causa daño en un campo o en una viña, dejando suelto su ganado de modo que pazca en campo ajeno, restituirá con lo mejor de su propio campo y lo mejor de su propia viña.
22:5 Si se declara un fuego, y se incrementa con zarzales de modo que se abrasen las hacinas, la mies, o el campo, el autor del incendio deberá resarcir el daño.
22:6 Cuando un hombre dé a otro dinero o utensilios en depósito para que se lo guarde, y son robados de la casa de éste, el ladrón, si es hallado, restituirá el doble.
22:7 Pero si no es hallado, el dueño de la casa se presentará ante Dios para declarar que no ha puesto su mano sobre los bienes de su prójimo.
22:8 En todo caso delictivo, ya se trate de buey, asno, oveja, ropa o de cualquier cosa desaparecida, de la que uno diga: "Es esto", la causa de ambos se llevará ante Dios; y aquel a quien Dios declare culpable, restituirá el doble a su prójimo.
22:9 Si un hombre entrega a otro un asno, buey, oveja, o cualquier otro animal para su custodia, y éstos mueren o sufren daño o son robados sin que nadie lo vea,
22:10 mediará entre los dos el juramento de Yahveh para atestiguar que el depositario no ha puesto su mano sobre la hacienda de su prójimo; el dueño tomará lo que quede y el otro no tendrá que restituir.
22:11 Pero si el animal le ha sido robado estando él cerca, restituirá a su dueño.
22:12 Si el animal ha sido despedazado, que traiga como testimonio los despojos y no tendrá que restituir.
22:13 Si un hombre pide a otro que le preste un ganado y éste sufre un daño o muere, en ausencia de su dueño, tendrá que restituir.
22:14 Si estaba presente su dueño, nada se restituirá. Si lo había alquilado, el dueño recibirá el precio del alquiler.
22:15 Si un hombre seduce a una virgen, no desposada, y se acuesta con ella, le pagará la dote, y la tomará por mujer.
22:16 Y si el padre de ella no quiere dársela, el seductor pagará el dinero de la dote de las vírgenes.
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