sábado, 21 de julio de 2018

El magisterio de la Iglesia: magisterio ordinario y extraordinario

¿Qué es el magisterio de la Iglesia?

Es la función y autoridad de enseñar que tienen el papa (magisterio pontificio) y los obispos que están en comunión con él.

Dice el Catecismo de la Iglesia católica: "El oficio de interpretar auténticamente la palabra de Dios, oral o escrita, ha sido encomendado sólo al magisterio vivo de la Iglesia, el cual lo ejercita en nombre de Jesucristo" (DV 10), es decir, a los obispos en comunión con el sucesor de Pedro, el obispo de Roma." (nro 85).

Es el ejercicio de la función de enseñar que compete a un obispo sobre la comunidad que le ha sido encomendada. El obispo, por tanto, es el maestro máximo de la fe sobre sus fieles y ejerce el magisterio cuando les enseña el contenido de la fe.

¿Qué es el magisterio ordinario?

Llamado magisterio ordinario y universal, es el ejercido habitualmente por el papa y por los obispos que se hallan en comunión con él en sus respectivas diócesis; también por los concilios en cuestiones de índole pastoral (que no involucran enseñanzas infalibles), y por las conferencias episcopales.

Se llama ordinario, porque se ejerce ordinariamente mediante la catequesis y la predicación, sin ninguna solemnidad especial. Exige de los fieles nuestra adhesión al contenido de la fe enseñado, si bien no está libre en absoluto del error. (CIC n. 753; Catecismo, n. 85, 2034)

¿Qué es el magisterio extraordinario o solemne?

El magisterio solemne (o extraordinario) es el ejercido por un concilio ecuménico o por el papa cuando define ex cathedra una doctrina de fe. Según la doctrina católica, el magisterio solemne es infalible (no puede contener error) e incluye las enseñanzas excathedra de los papas y de los concilios convocados y presididos por él.

Aunque se insta a los fieles católicos a creer y proclamar no solo el magisterio solemne, sino también el magisterio ordinario, cabe que decisiones ulteriores del magisterio alteren o contradigan el contenido anterior de este último.

Dice el Código de Derecho Canónico: Se ha de creer con fe divina y católica todo aquello que se contiene en la palabra de Dios escrita o transmitida por tradición, es decir, en el único depósito de la fe encomendado a la Iglesia, y que además es propuesto como revelado por Dios, ya sea por el magisterio solemne de la Iglesia, ya por su magisterio ordinario y universal, que se manifiesta en la común adhesión de los fieles bajo la guía del sagrado magisterio; por tanto, todos están obligados a evitar cualquier doctrina contraria. (Canon 750, libro III)

La obligación del fiel católico es creer y defender activamente todo lo que enseña el magisterio eclesiástico sagrado, «con la plenitud de su fe», y también lo que enseña el magisterio ordinario, pero con un grado menor.

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