Inmediatamente después de que Jesús entrega las llaves del Reino a Pedro, le dice también: «Y lo que ates en la tierra quedará atado en los cielos, y lo que desates en la tierra quedará desatado en los cielos» (Mt 16,19b)
Ante estas palabras, los destinatarios, principalmente judíos, veían un claro signo de autoridad pues, en la tradición judía, la expresión “atar y desatar”, atestiguada en los textos rabínicos con la fórmula aramea אסר, ’asar, y ש רא, shera’, se hace eco en la versión aramea de Mateo, el cual mantiene exactamente las mismas palabras, אסיר, ’asir, y ש רא, shere’, en arameo siriaco.[1]
En la literatura rabínica, estos verbos no sólo eran empleados para referirse a la autoridad disciplinar, es decir, a la admisión y expulsión de la sinagoga y a la facultad de permitir o prohibir en asuntos importantes, sino también a la autoridad para enseñar e interpretar la ley.
Ahora, en el nuevo pacto, el poder de atar y desatar toma una nueva dimensión, haciendo alusión al poder para perdonar pecados (cf. Jn 20,23), además de la autoridad para pronunciar sentencias doctrinales y tomar decisiones disciplinares en la Iglesia (cf. CEC, 553).
Después de resucitar, Jesús hace partícipes de su propia misión a los apóstoles, a los que les confiere la potestad para perdonar pecados, como narra el evangelista san Juan[2]. De ahí que, temprano en el desarrollo disciplinar de la Iglesia, se asociara la confesión de las culpas a la potestad para perdonar pecados, confesión que, aunque hoy es en privado, al principio se realizaba de manera pública, como lo atestiguan el libro de los Hechos de los Apóstoles[3] y el Salmo 32[4].
Es importante señalar, sin embargo, que el poder de atar y desatar, es decir, de:
• perdonar pecados
• pronunciar sentencias doctrinales
• tomar decisiones disciplinares en la Iglesia
• pronunciar sentencias doctrinales
• tomar decisiones disciplinares en la Iglesia
concedido primero a Pedro, no está reservado a él, sino que después fue concedido a los apóstoles, es decir, a todo el colegio apostólico. «Yo os aseguro que todo lo que atéis en la tierra quedará atado en el cielo, y todo lo que desatéis en la tierra quedará desatado en el cielo»[5] (Mt 18,18)
El colegio apostólico como sínodo tiene, por lo tanto, la autoridad conferida por Jesús, pero exige la figura de Pedro, quien recibió esta autoridad y poder personalmente (Mt 16,19). Por eso, el colegio apostólico no puede renunciar al ministerio petrino (perdería la unidad, consistencia y seguridad en la fe), pero tampoco puede, Pedro, suprimir a los apóstoles.
De la misma manera, el Papa no puede prescindir del colegio episcopal en el gobierno de la Iglesia y ejercer un gobierno personal, porque eso es contrario al evangelio y también corrompe la unidad cristiana.
La unidad de Pedro y los apóstoles, es decir, del Papa y los obispos, es fundamental. Gobiernan la Iglesia juntos, no separados. Así se constituye la unidad del colegio apostólico, fundamento visible de la unidad de toda la comunidad de los discípulos de Jesús, la Iglesia.
Notas:
[1] (Mt 16,19b, Khabouris Codex)
[2] «Jesús les dijo otra vez: «La paz con vosotros. Como el Padre me envió, también yo os envío.»
[2] «Jesús les dijo otra vez: «La paz con vosotros. Como el Padre me envió, también yo os envío.»
Dicho esto, sopló y les dijo: «Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados,
les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan retenidos»» (Jn 20,21-23)
[3] «Muchos de los que habían creído venían a confesar y declarar públicamente sus prácticas.
[3] «Muchos de los que habían creído venían a confesar y declarar públicamente sus prácticas.
Bastantes de los que habían practicado la magia reunieron los libros y los quemaron delante
de todos. […]» (Act 19,18-19)
[4] «Reconocí mi pecado y no te oculté mi culpa; me dije: «Confesaré a Yahvé mis rebeldías».
[4] «Reconocí mi pecado y no te oculté mi culpa; me dije: «Confesaré a Yahvé mis rebeldías».
Y tú absolviste mi culpa, perdonaste mi pecado» (Sal 32,5)
[5] “Extensión a los ministros de la Iglesia (a los que en primer lugar se dirige todo este discurso)
[5] “Extensión a los ministros de la Iglesia (a los que en primer lugar se dirige todo este discurso)
de uno de los poderes conferidos a Pedro” (Desclée de Brouwer, 1998)
Fuente: Instituto Diocesano de Teología, Ciudad Juarez, México.
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